Cómo dar de alta a tu empresa y trabajadores ante SUNAFIL y SUNAT

Contrataste a tu primer trabajador, o estás por hacerlo, y no sabes exactamente por dónde empezar. Es un momento donde un error de trámite, aunque parezca menor, puede convertirse en una multa después.

¿Me registro ante SUNAFIL o ante SUNAT?

Aquí está la primera confusión que conviene aclarar. El registro formal de tus trabajadores no se hace directamente ante SUNAFIL, sino en el T-Registro de SUNAT.

SUNAFIL es la entidad que fiscaliza si ese registro se hizo, y si se hizo a tiempo. Por eso, en la práctica, «estar en regla ante SUNAFIL» significa tener correctamente actualizado tu T-Registro y tu PLAME ante SUNAT.

Paso 1: Obtén tu RUC y elige tu régimen tributario

Antes de contratar a cualquier trabajador, tu empresa debe contar con RUC activo. Si eres persona jurídica, primero debes constituir la empresa e inscribirla en SUNARP.

El régimen tributario que elijas (NRUS, RER, RMT o General) no te exime de esta obligación. Según Modelo.pe, incluso una empresa en el NRUS puede contratar trabajadores y debe registrarlos igual.

Paso 2: Registra a tu empresa como empleador

Con tu Clave SOL activa, debes habilitar tu perfil como empleador dentro del portal de SUNAT, para poder acceder al T-Registro y a la PLAME.

Paso 3: Da de alta a cada trabajador en el T-Registro

Este es el paso más sensible en cuanto a plazos. El alta de cada trabajador debe registrarse el mismo día en que inicia labores, o antes. Nunca después.

Según explica RF Estudio, el empleador debe además entregar al trabajador la constancia de alta, a más tardar el día hábil siguiente al inicio de sus labores.

¿Qué pasa si registro al trabajador un día tarde?

Un solo día de retraso ya constituye una infracción. No existe un margen de tolerancia para este trámite.

Paso 4: Formaliza el contrato de trabajo

El registro en el T-Registro no reemplaza al contrato de trabajo. Debes formalizar el vínculo laboral por escrito, indicando el tipo de contrato, la remuneración y las condiciones acordadas.

Paso 5: Declara mensualmente la PLAME

Una vez registrados tus trabajadores, debes declarar mensualmente la Planilla Mensual de Pagos (PLAME), que reporta remuneraciones, aportes a EsSalud, ONP o AFP, y retenciones de renta de quinta categoría.

Según TrámitesPerú, este trámite es obligatorio para todo empleador con al menos un trabajador en planilla, sin importar el tamaño de la empresa.

Paso 6: Mantén actualizado el registro

No basta con dar de alta una vez. Debes actualizar el T-Registro cuando un trabajador cesa, cuando cambian sus condiciones, o cuando necesitas registrar a sus derechohabientes (cónyuge, hijos) para que accedan a EsSalud.

Olvidar dar de baja a un trabajador cesado distorsiona tus declaraciones y puede generar observaciones posteriores. [ENLACE INTERNO: post relacionado sobre auditoría de planillas o cumplimiento laboral].

¿Qué pasa si no registro a mis trabajadores a tiempo?

SUNAFIL califica esto como una infracción muy grave de informalidad laboral. Las multas se calculan según el tamaño de la empresa y el número de trabajadores afectados, y pueden alcanzar montos muy altos, tomando como referencia la UIT vigente.

Además, SUNAFIL cruza constantemente la información de tu facturación electrónica con tus declaraciones de planilla. Una empresa con movimiento comercial pero sin trabajadores declarados puede generar una alerta de fiscalización automática.

Conclusión: la formalización empieza antes de la primera boleta

Dar de alta correctamente a tu empresa y a tus trabajadores no es solo un trámite administrativo. Es la base que evita que una fiscalización de SUNAFIL se convierta en una sanción económica evitable.

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