GM en Derecho Corporativo: Trámite del certificado literal de una partida registral, desde el 8 junio 2020

El 1 de junio de 2020 se publicó la Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 058-2020-SUNARP/SN, la misma que aprueba la expedición del trámite del certificado literal de partida registral con firma electrónica a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL.

Esta Resolución entra en vigencia desde el 08 de junio de 2020 para el caso de los Registros de Propiedad Inmueble, Personas Jurídicas y Personas Naturales.

Asimismo, el caso del registro de bienes muebles la vigencia será a partir del 01 de julio del presente año.

Es importante mencionar que el Servicio de Publicidad Registral en Línea – SPRL permite a los usuarios solicitar desde un ordenador, vía web, e incluso desde la aplicación móvil de la SUNARP, publicidad certificada con firma electrónica, facilitándoles obtener la publicidad registral sin la necesidad de acudir de forma presencial a las oficinas registrales.

Recuerde siempre contar con la asesoría previa de un especialista.

 


 

Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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