Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.)
Base legal: Artículos 234° al 242° de la LGS.
Características principales:
- Número de socios: Mínimo 2 y máximo 20.
- Capital social: Representado por acciones nominativas, no puede cotizar en bolsa.
- Órganos societarios:
- Junta General de Accionistas.
- Gerente General (el Directorio es opcional).
- Transferencia de acciones: Está restringida; los accionistas tienen derecho de preferencia para adquirir acciones en venta.
- Ventajas:
- Estructura flexible, adecuada para empresas familiares o de confianza.
- Mayor control interno y confidencialidad.
- Desventajas:
- Menor facilidad para atraer inversionistas externos.
Ideal para: Negocios familiares, pequeñas y medianas empresas que buscan control sobre la propiedad.
Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)
Base legal: Artículos 283° al 296° de la LGS.
Características principales:
- Número de socios: Mínimo 2 y máximo 20.
- Capital social: Dividido en participaciones (no en acciones), no negociables ni transferibles libremente.
- Responsabilidad: Limitada al aporte de cada socio.
- Órganos societarios:
- Junta de Socios.
- Gerente o Gerentes.
- No existe Directorio.
- Transferencia: Requiere acuerdo de la mayoría de socios que representen al menos ¾ del capital.
- Ventajas:
- Estructura sencilla, menor formalidad administrativa.
- Control cerrado del ingreso de nuevos socios.
- Desventajas:
- Menor flexibilidad para futuras expansiones o inversión externa.
Ideal para: Pequeñas empresas, emprendimientos o negocios familiares que priorizan simplicidad y control interno.
Sociedad Anónima (S.A.)
Base legal: Artículos 51° al 233° de la LGS.
Características principales:
- Número de accionistas: Mínimo 2, sin límite máximo.
- Capital social: Dividido en acciones, que pueden ser transferidas libremente.
- Órganos societarios:
- Junta General de Accionistas.
- Directorio (obligatorio).
- Gerencia General.
- Subtipos:
- A.C. (ya vista).
- A.A. (Sociedad Anónima Abierta): Más de 750 accionistas o cotiza en bolsa.
- Ventajas:
- Permite atraer inversionistas fácilmente.
- Posibilidad de acceder al mercado de capitales.
- Desventajas:
- Mayor formalidad, costos y obligaciones de publicidad.
Ideal para: Empresas medianas o grandes con proyección de crecimiento, socios diversos o interés en captar inversión.
Otros tipos societarios relevantes
E.I.R.L. – Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Base legal: D. Leg. N.º 21621.
- Un solo titular.
- El titular no responde con su patrimonio personal.
- No tiene socios.
Ideal para: Emprendedores individuales que quieren limitar su responsabilidad sin socios.
S.A.A. – Sociedad Anónima Abierta
Base legal: Art. 249° de la LGS.
- Más de 750 accionistas o cotiza en Bolsa.
- Alta transparencia y fiscalización por la SMV.
Ideal para: Grandes corporaciones.