Artículo escrito por: Eduardo Galvez Monteagudo

A raíz de los últimos sucesos desafortunados que se han generado alrededor de grandes corporaciones del sector alimentos o construcción por ejemplo, la ética empresarial se ha convertido en un nuevo desafío para las empresas.

En éste artículo te brindaremos todos los detalles de los principales lineamientos sobre las normas de Cumplimiento Corporativo que se han generado a la emisión del Decreto Legislativo N° 1352. Esta norma no sólo afecta a las grandes empresas, sino también, a las micro, pequeñas y medianas empresas, con respecto al cumplimiento de las normas de prevención de delitos como política empresarial.

Antecedentes del Cumplimiento Corporativo

La legislación internacional ha evolucionado, otorgando importancia a la toma de acciones preventivas de cumplimiento por parte de las organizaciones. Esto ha originado que el Compliance sea una de las cuestiones más novedosas e incipientes a incorporar en las estrategias de gestión y visión de cualquier organización.

El Compliance, también llamado Cumplimiento Corporativo no es un término nuevo, pues se le dio gran importancia hace 5 años en Estados Unidos. Fue en el 2014, debido a la multimillonaria multa de más de 16.65 billones de dólares que recibió el Bank of América, por parte del Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ).

Esta significativa multa representó un antes y un después en las malas prácticas y vacíos legales que se presentan en los negocios para obtener mayores beneficios.

En el Perú, este término llegó a popularizarse gracias a los escándalos de corrupción generados a raíz del caso Odebrecht, y las normas legales emitidas para la prevención de actos de corrupción. Por lo que, las empresas, no solo grandes, sino también las medianas y las pymes deben estar preparadas.

¿Pero, qué es el Compliance?

¿qué es el Compliance?

Para contextualizar lo que se define como Compliance, podemos compartir que esta se considera como la función individual que, mediante políticas y procedimientos apropiados, se detecta y gestiona el riesgo del incumplimiento de obligaciones regulatorias. Estas pueden ser internas y externas dentro de una determinada empresa.

Viene a ser el trabajo dirigido por parte de las empresas para cumplir a cabalidad, las leyes y regulaciones vigentes, tanto a un nivel nacional, como internacional. Por lo tanto, es necesario definir procedimientos y políticas con dicha premisa; así como, generar una cultura de cumplimiento o un convencimiento del deber de cumplir las normas.

 ¿Qué se requiere?

  • Es necesario prevenir y gestionar riesgos, detectar y reportar los mismos, así como dar soluciones, en caso de incumplimientos.
  • Procedimientos de control, prevención y vigilancia empresarial respecto de ilícitos, dentro del Buen Gobierno Corporativo, en el paradigma normativo de buenas prácticas empresariales y de reducción de riesgos.

Todo ello será plasmado en un programa determinado para la empresa. Este podrá dividir su articulación en el cumplimiento referido al asesoramiento de riesgos, procedimientos de control estandarizados, entrenamiento y comunicación, procedimientos sancionatorios internos, seguimientos, mejoras, entre otros.

¿Por qué mi empresa debe hacer Compliance?

En la práctica, lo que se busca es cuidar la reputación y la buena imagen de la marca empresarial, buscando evitar fraudes, en pro de la transparencia de la empresa (interna y externa). Así también, se busca respetar los derechos de todos los involucrados, tales como los clientes, accionistas, propietarios, trabajadores y el entorno o la sociedad.

Del mismo modo, busca cuidar la información de la empresa, cumpliendo con todas las obligaciones relativas al ámbito regulatorio, civil, mercantil, laboral, medioambiental, penal, entre otras áreas que se puedan ver afectadas.

Contar con una política de prevención de compliance nos servirá como herramienta para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrenta una organización evitando de ésta forma incurrir en actos que son pasibles de sanción penal.

¿Es necesario hacer Compliance si mi empresa es pequeña?

Las pymes en general, tienen un total desconocimiento del término de Compliance. Si bien no necesitan tener un área de compliance interna en sus empresas; por su estructura pequeña, será una ventaja diferencial que contacten con un agente externo que los asesore con la finalidad de cumplir con los lineamientos sobre prevención legal, y de esta forma poder relacionarse con empresas grandes.

En un futuro, las grandes empresas demandarán trabajar exclusivamente con otras que tengan instauradas esta metodología de trabajo corporativo. Además, es importante mencionar que, si no se sigue este tipo de políticas conocidas como Cumplimiento Corporativo; una organización puede perder competitividad en el mercado, y en el peor de los casos podrá verse inmersa en éste tipo de conductas negativas.

¿Cómo se regulaba anteriormente?

El cumplimiento normativo era revisado por las gerencias legales, gerencia de recursos humanos y era mitigado mediante manuales; capacitaciones y/o auditorías.

Actualmente, se enfoca más hacia la internacionalización del negocio reconociéndose las buenas prácticas que requieren de medidas adicionales, tales como, programas específicos determinados, acompañado de políticas flexibles y de inclusión. Todo esto implica un accionar permanente y consciente de la empresa.

Como conclusión podemos decir que…

Toda actividad empresarial conlleva una serie de riesgos con responsabilidades, sociales, jurídicas y penales. Por ello, adquirir la cultura de Compliance es importante, ya que así, se regulará el cumplimiento normativo establecido a través de políticas; y protocolos relacionados con la actividad productiva de la empresa.

Asimismo, los riesgos a prevenir serán aquellos que conlleven consecuencias determinantes para la empresa; tales como, el daño reputacional, la imposición de sanciones, las pérdidas de negocios, entre otros. De esta manera, se preservará y promoverán los valores de la empresa, logrando cumplir sus metas y objetivos.

 


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Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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