La prisión preventiva en Perú es una medida cautelar de carácter personal que implica la restricción de la libertad del imputado durante el proceso penal, antes de que exista una sentencia firme. Su regulación principal se encuentra en los artículos 268 al 274 del Código Procesal Penal.
El fundamento de esta medida es asegurar la presencia del imputado en el proceso, evitar que obstruya la investigación o que continúe delinquiendo.
Para que proceda, deben cumplirse tres requisitos principales (art. 268 CPP):
- Sospecha fuerte (elementos de convicción que vinculen al imputado con el delito).
- Pronóstico de pena (que la pena probable sea mayor de 5 años).
- Peligros procesales (peligro de fuga u obstaculización).
En relación a la interpretación de la prisión preventiva como medida cautelar, desde el punto de vista jurídico y constitucional, no es una pena. Su naturaleza es provisional, excepcional y proporcional, basada en el principio de presunción de inocencia (art. 2, inc. 24-E de la Constitución Política del Perú), y su uso debe de darse como última ratio (última alternativa), debe de ser Temporal, y sobre todo debe de ser, justificada de forma motivada, con sustento.
En la práctica, muchos abogados y doctrinarios, señalan que la prisión preventiva se convierte en una pena anticipada, y ello porque en el Perú, diversas voces del ámbito jurídico, académico y social han cuestionado el uso excesivo y prolongado de la prisión preventiva.
Algunos factores que refuerzan la percepción de que se ha convertido en una pena anticipada incluyen:
- Duración prolongada de la medida (hasta 36 meses en casos complejos).
- Retrasos judiciales y sobrecarga del sistema penal.
- Casos de personas que estuvieron años en prisión preventiva y fueron finalmente absueltas.
- Medios de comunicación y presión mediática, que generan un juicio social paralelo.
- Tendencia de fiscales y jueces a solicitar y conceder esta medida sin agotar otras alternativas (comparecencia con restricciones, arresto domiciliario, etc.).
Casos emblemáticos en Perú
- Odebrecht / Lava Jato: Ex presidentes como Ollanta Humala, Pedro Pablo Kuczynski y otros investigados estuvieron detenidos de forma preventiva durante largos periodos.
- Caso Keiko Fujimori: Pasó por más de una prisión preventiva, pese a que no existía condena.
- En varios de estos casos, el Tribunal Constitucional o la Corte Suprema ha revocado la medida por considerar que no estaban suficientemente motivadas.
Cómo reflexión final, la prisión preventiva debe mantenerse como una herramienta excepcional, útil para asegurar el proceso penal. No obstante, en la práctica peruana, existe una tendencia preocupante a su uso abusivo o desproporcionado, que socava el principio de presunción de inocencia y que puede convertir esta figura en una pena encubierta o anticipada.
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