La Ley N° 32159 es un avance significativo en la protección de la salud pública, particularmente en la prevención de los riesgos asociados al consumo de tabaco, nicotina y sus sucedáneos. Aquí algunos comentarios clave sobre sus disposiciones:
- Protección de la salud pública y prevención de adicciones
La ley pone un fuerte énfasis en la prevención del desarrollo de nuevas generaciones de consumidores, alineándose con estrategias internacionales de salud pública. Este enfoque preventivo es fundamental para reducir enfermedades, como el cáncer de pulmón y las cardiopatías, asociadas al consumo de tabaco y al vapeo.
- Ambientes libres de humo y emisiones de vapeo
La restricción del consumo de tabaco y vapeo en establecimientos dedicados a la salud o a la educación, en las dependencias públicas, en los lugares de trabajo, en los espacios públicos cerrados y en cualquier medio de transporte público es crucial. Esto no solo protege a los no fumadores de los efectos nocivos del humo y las emisiones, sino que también refuerza la percepción social de que el consumo en estos lugares no es aceptable. Sin embargo, el desafío está en garantizar una fiscalización adecuada para el cumplimiento de estas normas.
- Educación y sensibilización mediante anuncios visibles
La obligatoriedad de colocar carteles en lugares donde está prohibido fumar y vapear es una herramienta educativa importante. Estos anuncios no solo informan, sino que también conciencian sobre los daños asociados al consumo y al vapeo, fomentando una cultura de respeto hacia los espacios compartidos.
- Regulación de la venta y acceso de menores
La prohibición de la venta de productos de tabaco y vapeo a menores y en máquinas expendedoras accesibles al público en general refuerza las medidas de protección hacia los jóvenes. Sin embargo, sería interesante que la ley contemple mecanismos adicionales, como campañas educativas dirigidas específicamente a este grupo etario para reducir la curiosidad y presión social hacia el consumo.
- Retos en la implementación
Aunque la ley tiene un marco claro, su efectividad dependerá de su reglamento y posterior fiscalización. Es necesario garantizar que los carteles se coloquen en todos los espacios requeridos y que las sanciones por incumplimiento sean disuasorias.
- Inclusión del vapeo y productos de nicotina
La inclusión de los dispositivos electrónicos y sucedáneos de la nicotina refleja una adaptación de la normativa a las nuevas tendencias de consumo. Estos productos, aunque percibidos por algunos como menos dañinos, también presentan riesgos significativos para la salud, lo que justifica su regulación estricta.
Conclusión
La Ley N° 32159 representa un esfuerzo integral por salvaguardar la salud pública y limitar los efectos nocivos del tabaco y vapeo. Sin embargo, su éxito dependerá no solo de la regulación y sanción, sino también de la educación continua y el cambio cultural hacia hábitos más saludables.