Líneas abajo les facilitamos respuestas a algunas interrogantes en relación a la Ley 31192 que permite a cada afiliado de la AFP retirar de sus aportes acumulados montos hasta de 4 UIT. Si bien de todos lados aducen que es sano permitir estos retiros dada la situación económica de las familias, nosotros creemos que esta decisión afectará el patrimonio de los afiliados pues están poniendo en peligro el futuro de sus vidas después de la jubilación y este es un peligro que debe a todo trance evitarse.
Retiro de hasta 17,600 Soles de la AFP: preguntas y respuestas sobre el acceso a este fondo (Fuente: Perú 21)
Después de que el Congreso aprobó por insistencia el dictamen que autoriza, de forma extraordinaria, a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) el retiro facultativo de hasta 17,600 soles (4 UIT) de sus aportes acumulados, quienes se encuentran en el Sistema Privado de Pensiones tienen muchas interrogantes sobre el acceso a este dinero.
Debido a que la Ley 31192 ya fue publicada en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, son muchos los ciudadanos que se preguntan cuándo, cómo o qué falta para poder hacer efectivo el acceso a dicho fondo. Ante la gran cantidad de preguntas que están surgiendo, absolveremos tus dudas.
¿Qué falta para retirar hasta S/ 17,600 de mi AFP?
Para que los aportantes puedan acceder hasta S/ 17,600 de su AFP tienen que esperar a que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publique el procedimiento operativo para el retiro de hasta 4 UIT de los fondos previsionales.
¿Por qué mecanismos deben informarse los afiliados para el retiro de sus fondos?
La SBS invocó a los afiliados a informarse por los canales oficiales de las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) a la que pertenecen con el propósito de evitar fraudes o estafas.
¿Desde cuándo se puede solicitar el retiro de hasta S/ 17.600?
El retiro de dicho fondo, por única vez, se podrá hacer dentro de los noventa (90) días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la Ley 31192.
¿Cómo deberá presentarse la solicitud para el acceso de dicho fondo?
Los afiliados que quieran retirar hasta 4 UIT podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial.
¿Cómo se aplicará el desembolso?
De acuerdo con la ley, se abonará hasta 1 UIT cada treinta días calendario, realizándose el primer desembolso a los 30 días de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado. Ello es aplicable hasta el segundo desembolso y el resto será entregado en el tercer desembolso.
¿Qué pasa si presenté mi solicitud, pero ya no quiero retirar mi fondo?
En el caso de que el afiliado desee dejar de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días antes del desembolso.
¿Alguien más puede acceder a mis fondos de la AFP?
El retiro de los fondos mantiene la condición de intangible, no pudiendo ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención, cualquier forma de afectación, sea por orden judicial y/o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. Es decir, no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.
¿Habrá un cronograma de retiro?
Una vez que la SBS establezca el procedimiento operativo de la norma, en él deberá consignar cuál será el cronograma que deberán seguir los afiliados para acceder a las 4 UIT de sus fondos previsionales.
¿Aplica para todos el retiro de hasta 4 UIT de la AFP?
La Ley no es aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.
El principal compromiso de la firma de abogados es brindar asesoría legal integral, eficiente, e inmediata; en sintonía con los retos y desafíos actuales; y sus filas están conformadas por profesionales especializados en todas las ramas del Derecho, cuya misión es simplificar la vida de sus clientes y orientarlos en sus retos.
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