El desafío de las mypes es utilizar al máximo de sus posibilidades los fondos de apoyo que todavía no se cierran

Las MYPE son un sector empresarial que, por efecto de la Pandemia del COVID-19, se encuentran en una situación de máxima vulnerabilidad, debido a su menor acceso al financiamiento, especialmente aquellas que han sido más afectadas por las disposiciones del Gobierno Central, relativas al cierre o por el reinicio posterior o tardío de sus actividades, lo cual evidentemente ha restringido la recuperación de sus niveles de productividad y acceso a fuentes de liquidez en el corto plazo.

A pesar de que otros sectores de empresas han ido dando pasos hacia la recuperación económica, las MYPE continúan siendo afectadas por las consecuencias negativas del COVID-19, afectando el normal desarrollo de sus actividades. El factor que ha provocado un impacto y daño mayor en las MYPES son sus obligaciones crediticias con las entidades del sistema financiero que las atienden.

Las disposiciones que se han venido dando hasta el momento no han sido debidamente aprovechadas en general por todo el sector de las MYPES que no han podido explotar las disposiciones legales que permiten acceso al crédito de capital de trabajo (Decreto de Urgencia N° 019-2021) y en especial para las del sector Turismo (Decreto de Urgencia N° 076-2020) y Agrario (Decreto de Urgencia N° 082-2020). Cabe resaltar que a través de dichos dispositivos legales se crearon una serie de programas y fondos de apoyo a las MYPE, las mismos que les hubieran permitido acceder a un financiamiento con características especiales, tales como contar con el respaldo del Estado (pues se destinan fondos del erario nacional para garantizar los créditos) o contar con plazos de gracia extendidos (hasta 24 meses).

Sin embargo, las MYPE no han hecho uso oportuno de los mismos, pues el acceso a dichos mecanismos por parte de estas empresas todavía resulta un desafío ejecutarlo siendo un factor decisivo para esta ejecución el hecho de que sea restringido únicamente para fines de inversión en capital de trabajo.

Tomando en consideración estas circunstancias es que el Gobierno ha optado, por medio del Decreto de Urgencia N° 091-2021 publicado hace algunos días, por establecer nuevas disposiciones que permitan continuar facilitando el acceso al mencionado financiamiento por parte de las MYPE, a través de la ampliación del plazo establecido para el acceso a aquellos mecanismos, así como también con la incorporación del financiamiento para activos fijos, pues resulta evidente que muchas de estas empresas requieren renovar sus bienes con la finalidad de seguir desarrollando sus actividades o adecuarlas a las limitaciones de la época.

Ahora bien, más allá de lo ventajosa que resultaría la mencionada extensión (en cuanto a plazo de acceso y destino del financiamiento), resulta de suma importancia que las MYPE sean expeditivas, precavidas y evalúen correctamente el tipo de financiamiento al cual les convenga acceder y no limitarse a un simple estudio y cálculo de tasas de interés si no también buscar el auxilio de una asistencia legal que le permita evaluar la órbita de compromisos a asumir tanto si esta se contrae con una entidad financiera o ante el propio Estado.

Para todo esto nuestra asesoría legal es muy expeditiva en temas corporativos para orientarlos en  alcanzar el máximo de los beneficios en las operaciones de financiamiento que son necesarias que contraigan.

 

 


Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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