¿FIRMARIAS UN CONTRATO CON UNA EMPRESA CONDENADA PENALMENTE?
Probablemente, no.
I.- GENERALIDADES
El hecho de que una empresa importante vaya a juicio es gravísimo, es más, la empresa puede ser inocente en razón que uno de sus trabajadores haya consumado un delito a nombre de la empresa sin conocimiento de los Directivos; pero, se produce allí, lo que se denomina “El daño reputacional por el hecho de estar procesado o condenado penalmente”.
La consumación del Delito no solo genera mala imagen a la Empresa, sino también la muerte comercial de la misma, en razón de que otras empresas, clientes no se arriesgarían en contratarla en el sentido de que podrían relacionarla con las actividades ilícitas que está siendo investigada o por haber sido condenada penalmente.
De lo expuesto, se llega a determinar, que el Compliance Penal no solo es un programa de prevención de delitos, es decir, evitar que el delito llegue a producirse en el seno de la empresa, sino también cumple el resguardo de la buena imagen de seguridad y respeto para con la legalidad, lo que puede conllevar a diferenciarse con las otras empresas de su competencia.
II.- DEFINICION
Compliance significa Cumplimiento; y lo Normativo son las reglas de conducta dirigidas a los trabajadores en referencia de lo que se debe hacer y de lo que no se debe hacer, en sus actividades diarias que se realizan dentro de la empresa; y así, cumplir con la finalidad de evitar cometer delito.
La empresa es penalmente responsable no solo cuando un administrador ha cometido delito en el seno de la empresa, sino también cuando el delito es cometido por un empleado.
El Compliance lo podemos entender en dos sentidos, y estos son:
- El Compliance en un sentido amplio.- Que, tiene que ver con todo el cumplimiento normativo que involucra a una empresa.
- El Compliance Penal.- Que particularmente lo que busca es ser preventivo en la comisión de delitos; y las normas de cumplimiento deben tener en cuenta siempre los delitos establecidos en la Parte Especial del Código Penal y también del respeto del Debido Proceso Penal.
El Compliance Penal puede definirse como aquél programa de cumplimiento normativo creado por y para la empresa, con la finalidad preventiva de evitar cometer delitos en su nombre, las mismas están dirigidas a todos sus actores (administradores, gerente general, directivos, empleados, trabajadores, etc.).
III.- IMPORTANCIA DEL PROGRAMA DEL COMPLIANCE PENAL O CRIMINAL
- Evitar que se cometan delitos dentro y a nombre de la empresa.
- Evitar que se impute, acuse o condene penalmente a la empresa.
- Logra identificar al verdadero autor del delito y sus partícipes.
- Evitar que la empresa pierda su buena imagen.
- Tener buenos instrumentos de defensa penal en caso de imputación, con una rápida trazabilidad documentación) y expresividad del sistema de prevención.
Artículo escrito por el Dr. José Cárdenas Zevallos, especialista en Derecho Penal.
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