EL ESTUDIO GÁLVEZ MONTEAGUDO ASISTIRÁ A LAS EMPRESAS EN APLICAR DE INMEDIATO LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES

 

Hemos podido observar que el Estado en estas primeras cuatro (4) semanas de aislamiento trató de evitar y hasta cierto punto restringir una alternativa legal, que permite a las empresas generar una suspensión Perfecta de Labores, tema que duda cabe, a todos luces y por el tiempo de la cuarentena se hacía inviable no aplicar, indicando que ha sido aprobado un decreto a ser publicado entre hoy -13 de abril- o mañana a más tardar.

 

La suspensión perfecta d labores en nuestra actual legislación laboral se encuentra regulada en el artículo 15 del TUO del D. LEG. Nº 728, LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL (LPCL) D.S. Nº 003-97-TR, que indica:

 

“Artículo 15º.- El caso fortuito y la fuerza mayor facultan al empleador, sin necesidad de autorización previa, a la suspensión temporal perfecta de las labores hasta por un máximo de noventa días, con comunicación inmediata a la Autoridad Administrativa de Trabajo. Deberá, sin embargo, de ser posible, otorgar vacaciones vencidas o anticipadas y, en general, adoptar medidas que razonablemente eviten agravar la situación de los trabajadores.

 

La Autoridad Administrativa de Trabajo bajo responsabilidad verificará dentro del sexto día la existencia y procedencia de la causa invocada. De no proceder la suspensión ordenará la inmediata reanudación de las labores y el pago de las remuneraciones por el tiempo de suspensión transcurrido”

 

En el mensaje que emite el Presidente Vizcarra acompañado de sus ministros, se indicó que de manera excepcional -pese que el TUO del Decreto Legislativo 728 lo regula- para mantener el empleo a cambio de remuneración al trabajador, podrá ser aplicada la Suspensión Perfecta de Labores, generándose protección a los trabajadores en los siguientes aspectos:

 

  • El trabajador podrá efectuar el retiro de una parte de su CTS.
  • Para el caso de trabajadores que no cuentan con CTS pertenecientes a la Microempresa, se creara un prestación excepcional por los siguientes tres (3) meses con la suma de S/. 760.00 mensuales por protección social, estableciéndose como tope que la remuneración no sea mayor a los S/ 2,400.00 soles mensuales.
  • Generar el retiro de S/ 2,000.00 soles de su fondo de pensión.
  • Se garantiza la cobertura de EsSalud para todos los trabajadores, inclusive los que no cumplían con el periodo de latencia.
  • Para las personas próximas a efectuar su trámite de jubilación ante la Oficina de Normalización Previsional – ONP, se les reconocerá los próximos tres (3) meses como aporte valido.
  • Se indicó que además de las alternativas que se tenía de retiro de parte del fondo de pensiones, que los trabajadores que actualmente están laborando y ganan menos de S/ 2.400.00 soles, podrán retirar, en dos armadas de mil soles, hasta S/ 2,000.00 soles en los próximos dos meses.

 

Esta medida además genera una equidad entre trabajadores y empleadores, porque no es sostenible en el tiempo que las empresas cumplan con remuneraciones cuando no hay ingresos que cubran dichos pagos, por ello esta medida busca preservar la estabilidad entre las partes de la relación laboral, esperando que pasada la suspensión se mantenga el vínculo laboral, y se reinicie las operaciones de la empresa.

 

 

El Estudio comunica a las miles de empresas que se pueden acoger a este mecanismo legal de inmediato, para preservar su existencia y salud económica, y como este procedimiento va a ser materia de fiscalización por el Ministerio de Trabajo, por lo que les recomendamos ejecutar el procedimiento adecuado, sin fallas, estando nuestros abogados a su disposición para poder asesorarlos en aplicar esta medida y otras, que nacen a partir de esta coyuntura.

 


 

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Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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