Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como todo acto de violencia de género que resulte, o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada

En nuestro país, la Violencia contra la Mujer en el ámbito familiar ha ido acrecentándose en un índice realmente  alarmante y sin que exista solución. Una de las principales razones radica en el machismo que existe aún enquistado en el país, el cual hace creer que la mujer puede utilizarse como objeto de propiedad del hombre, como servidumbre o como su inferior, cosa que se encuentra completamente alejada de la realidad.

Otra causal que permite que la Violencia contra la Mujer continúe aumentando en nuestro país, se encuentra en aspecto de vulneración que tiene la mujer por el inexistente apoyo legal y económico que el Estado le brinda, muchas de ellas siendo manipuladas por un temor de quedarse en la calle, si decidieran denunciar al agresor.

 

Ante una acción de violencia contra la Mujer, el accionar que debe realizar es inmediatamente acudir ante la Comisaria del Distrito y denunciar la violencia, no debiendo permitir que se le niegue la interposición. Asimismo, las mujeres pueden denunciarse directamente ante las Fiscalías de Familia o los mismos Juzgados de Familia que se encuentren de turno.

 

Inmediatamente de recibida la denuncia, deberá realizarse una ficha de valoración del riesgo de la víctima (la cual puede ser leve, moderado o severo) y poner el caso en conocimiento del juzgado de familia dentro del plazo de 24 horas, para que emitan las correspondientes Medidas de Protección a favor de la Víctima en las siguientes 72 horas, debiendo previamente pasar por el Instituto de Medicina Legal, de existir lesiones físicas o psicológicas.

 

Luego de otorgar las Medidas de Protección, el Juzgado de Familia deberá remitir a la Fiscalía Penal para que inicie las investigaciones y de encontrar medios probatorios suficientes, formalicen la denuncia para que se proceda a iniciar proceso judicial contra el agresor.

Por último, es importante informar que el Estado proporciona a la población los Centros de Emergencia Mujer – CEM: Hay 245 CEM regulares atienden de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:15 p.m.; y los 77 CEM en comisarías, las 24 horas del día, los 365 días del año.

 


 

Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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