LA ASIGNACION ANTICIPADA EN LOS TIEMPOS DEL CORONAVIRUS

El Estado ha decretado una Cuarentena obligatoria a toda la población, con excepción de los servicios necesarios y básicos para la subsistencia de las personas. Esto ha ocasionado que muchas personas no salgan a trabajar y por ende, no obtengan recursos económicos que les representen sus ingresos mensuales que venían obteniendo.

Ante esto, se está generando un grave problema y debate en relación al cumplimiento por parte de los padres de las Asignaciones Anticipadas por los Alimentos de sus hijos menores de edad. Debe entenderse que estamos frente a dos realidades, si el padre es un trabajador que se encuentra en planilla del lugar donde trabaja o si no lo está .

 

Si el trabajador se encuentra en planilla, no se generaría ningún problema, porque la asignación anticipada ha sido trabada frente a la remuneración mensual que recibe el trabajador de la empresa donde trabaja.

Sin embargo, ante esta cuarentena muchas empresas no están obteniendo los ingresos necesarios y ocasionen que muchas personas en planilla pierdan sus trabajos, siendo esto el motivo de la gran importancia de haberse trabado, adicionalmente a la Asignación Anticipada, una Medida Cautelar de Embargo en Forma de Retención sobre la CTS del trabajador.

 

Esta Medida Cautelar de Embargo en Forma de Retención sobre la CTS del trabajador permitirá asegurar la manutención de los hijos menores de edad y garantizar su subsistencia, hasta que el padre obtenga un nuevo trabajo y pueda entablarse el descuento de la Medida Cautelar de Asignación Anticipada a la remuneración de su nuevo trabajo.

 

Empero, el problema nace en las Asignaciones Anticipadas que deben cumplir los padres que no se encuentran en planilla o que son trabajadores independientes. En este punto nos encontramos frente a muchos padres de familia que se encuentran sin las posibilidades económicas de poder cumplir, no por irresponsables sino por no contar con la posibilidad de generar ingresos.

 

En este sentido debemos indicar que el cumplimiento de las Medidas Cautelares de Asignación Anticipadas son obligatorias para todo padre, motivado en el hecho que garantizan la subsistencia y manutención del menor y protegiéndolo de una tramitación prolongada del proceso judicial de alimentos dada la sobrecarga de procesos que existe en nuestro país, obligación que se encuentra protegida por el Estado Peruano en el código del niño y del adolescente por lo que ahora más que nunca se resalta la importancia grande que tienen constituir medidas cautelares de asignación anticipada de alimentos.

 


 

Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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