Casi ninguna empresa comete un delito de forma deliberada. La mayoría de los casos que terminan en un proceso penal empiezan con un error de gestión, no con una intención criminal.
En el Perú, esto ya no es una posibilidad teórica. Desde 2023, el catálogo de delitos que puede activar la responsabilidad penal de una empresa pasó de un puñado de casos a 40 delitos, según reporta PPU Legal.
La pregunta que todo directorio debería hacerse es: ¿alguno de estos errores comunes ya está presente en mi empresa, sin que lo hayamos notado?
¿Cuáles son los errores más comunes que exponen a una empresa?
Ninguno de estos errores requiere mala fe. Basta con que ocurran, para que la empresa quede expuesta.
1. No tener un oficial de cumplimiento con autonomía real
Muchas empresas nombran un oficial de cumplimiento solo en el papel, sin autoridad real ni acceso al directorio. Ante una investigación, esto se nota de inmediato.
2. Confiar en un modelo de prevención que nunca se actualizó
Un modelo de prevención copiado de un formato genérico, y nunca ajustado a los riesgos reales del negocio, no protege a la empresa ante un fiscal.
3. No hacer due diligence antes de una fusión o adquisición
La responsabilidad penal no desaparece por un cambio de razón social, una fusión o una escisión. Si la empresa absorbente no evaluó los riesgos previos, hereda la responsabilidad de la empresa que adquirió.
4. Dejar sin capacitación a las áreas de mayor riesgo
Compras, tesorería y áreas comerciales suelen concentrar el mayor riesgo de cohecho, colusión o lavado de activos. Si nadie las capacita, el error termina en un proceso.
5. No tener canales de denuncia interna
Sin un canal interno para reportar irregularidades, la empresa se entera del problema al mismo tiempo que la fiscalía, no antes.
¿Qué es la responsabilidad penal de las personas jurídicas?
La Ley N.° 30424 regula la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas dentro del proceso penal.
En la práctica, permite sancionar directamente a la empresa, cuando el delito lo cometió alguien que actuó en su nombre y en su beneficio.
¿A qué tipo de entidades aplica?
Según RSM Perú, la norma alcanza a entidades de derecho privado, asociaciones, fundaciones, ONG y hasta empresas del Estado peruano.
También aplica a empresas extranjeras, si operan en el país bajo cualquier modalidad societaria.
¿Por qué ahora hay 40 delitos y no solo unos cuantos?
Cuando la Ley 30424 entró en vigencia en 2018, cubría casi únicamente el cohecho activo transnacional.
Con los años, sucesivas normas ampliaron el catálogo. Hoy incluye delitos tributarios, aduaneros, de lavado de activos, colusión y contabilidad paralela, entre otros.
¿Qué cambió con la última ampliación de la norma?
La ampliación más reciente también modificó cómo se calcula la multa. Antes, dependía de los ingresos anuales de la empresa. Ahora, ese criterio ya no aplica, según detalla PPU Legal.
Esto significa que incluso una empresa pequeña puede enfrentar una sanción severa, sin que su tamaño la proteja automáticamente.
¿Cómo se libra una empresa de esta responsabilidad?
La ley prevé una salida: el modelo de prevención de delitos, también llamado programa de compliance penal.
¿Qué debe tener un modelo de prevención para que funcione?
No basta con tenerlo documentado. Debe ser un modelo realmente implementado, con:
- Un oficial de cumplimiento con autonomía real dentro de la empresa.
- Canales de denuncia interna y protocolos de investigación.
- Capacitación efectiva a directores, gerentes y trabajadores expuestos al riesgo.
Si el delito ocurre pese a un modelo bien implementado, la empresa puede quedar exenta de responsabilidad.
¿Qué pasa si mi empresa se fusiona o cambia de nombre?
Es un punto que muchas empresas desconocen. La responsabilidad no desaparece por un cambio de razón social, una fusión o una escisión.
Si la empresa absorbente hizo un due diligence adecuado antes de la operación, puede evitar heredar esa responsabilidad. Si no lo hizo, sí la hereda.
Conclusión: la pregunta ya no es si aplica, sino si su empresa está lista
Con 40 delitos en el catálogo, la responsabilidad penal de las personas jurídicas dejó de ser un riesgo exclusivo de las grandes corporaciones con exposición internacional.
Hoy alcanza a empresas de todo tamaño, si alguien actuó en su nombre y beneficio. Tener un modelo de prevención real, no solo en papel, es la diferencia entre una investigación que se archiva y una que termina en sanción.
En Gálvez Monteagudo Abogados asesoramos a empresas en la implementación de modelos de prevención de delitos y defensa penal corporativa. Contáctanos.