La crítica de que el sistema penal peruano protege más al imputado que a la víctima se ha intensificado desde la implementación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP). Este modelo acusatorio, alineado con la Constitución y con los tratados internacionales de derechos humanos, establece garantías diseñadas para evitar abusos del poder punitivo. Sin embargo, su aplicación genera tensiones con las expectativas de justicia de las víctimas, especialmente en delitos sensibles.
1. Un sistema penal garantista por naturaleza
El NCPP se sustenta en principios que refuerzan la protección al imputado, entre ellos:
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Presunción de inocencia: el Ministerio Público debe destruirla con pruebas sólidas.
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In dubio pro reo: cualquier duda razonable favorece al imputado.
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Derecho de defensa: permite cuestionar pruebas, contrainterrogar testigos y excluir evidencias obtenidas ilícitamente.
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La libertad como regla: la prisión preventiva exige requisitos estrictos.
Estas garantías no representan un error del sistema, sino su esencia: un modelo diseñado para evitar detenciones arbitrarias, condenas sin sustento y violaciones de derechos fundamentales.
2. La otra cara: percepción de desprotección de la víctima
Aunque necesarias, estas garantías generan efectos que muchas víctimas interpretan como abandono o impunidad dentro del proceso penal peruano.
a. Dificultades para obtener condenas
Los altos estándares probatorios provocan archivos o absoluciones en delitos donde la evidencia es limitada o indirecta. Además, la reparación civil suele ser inefectiva porque muchos condenados no cuentan con bienes para resarcir el daño.
b. Revictimización
El derecho de defensa permite el contrainterrogatorio de la víctima, lo que en delitos como violencia sexual o familiar puede vivirse como una agresión adicional. Aunque el NCPP reconoce derechos a la víctima, su participación sigue siendo secundaria frente a los plazos y actos procesales centrados en el imputado.
c. Medidas de protección insuficientes
Existe un marco legal de protección, pero su aplicación es desigual. La respuesta estatal es débil en zonas alejadas y en casos de violencia de género, donde la demora puede tener consecuencias graves.
3. ¿Protección al imputado o debilidad operativa del sistema?
Si bien el sistema penal peruano es garantista por diseño, la percepción de que “protege más al imputado” responde principalmente a deficiencias operativas: falta de especialización fiscal y policial, retrasos en investigaciones, uso inadecuado de medidas de protección y dificultades para ejecutar la reparación civil.
El camino no es eliminar garantías constitucionales, sino fortalecer el rol de la víctima mediante:
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Investigaciones más técnicas y especializadas.
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Asistencia psicosocial y legal oportuna.
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Ejecución efectiva de reparaciones y medidas de protección.
En conclusión, el problema no es el garantismo del NCPP, sino la brecha entre la estructura legal y su implementación real. Reducir esa brecha es indispensable para que el sistema penal peruano brinde justicia equilibrada tanto al imputado como a la víctima.