GM en Derecho de Familia: La convivencia en tiempos de Coronavirus

 

Actualmente, la población mundial está siendo afectada por la pandemia del COVID -19 (Coronavirus). Esta enfermedad, generará la pérdida de muchas vidas, donde muchos de ellos serán personas que se encuentran en relaciones de convivencia y no matrimoniales. ¿Qué hacer ante la pérdida intempestiva de nuestro conviviente?, a continuación nuestro artículo sobre la convivencia en tiempos de Coronavirus.

 

La única opción que puede está referida a interponer una Demanda por Unión de Hecho por la convivencia realizada con el fallecido. Sin embargo, antes de pensar en presentar la demanda tenemos dos requisitos principales que debemos obtener, en primer lugar debe ser solicitada por una unión heterosexual, en segundo lugar debe ser una convivencia voluntaria y libre sin ningún tipo de coacción o amedrentamiento.

 

En tercer lugar, las personas no deben tener ningún impedimento matrimonial y por último debe ser una convivencia permanente durante un lapso de 02 años. No obstante a los descritos, también existen como requisitos que sea una relación monogámica entre estas dos personas y la notoriedad debido que debe corroborarse con medios probatorios y con TESTIGOS la Unión de Hecho que se demanda.

 

Tengamos presente que la existencia de un hijo con la persona fallecida, no es un medio de prueba determinante que acredite la convivencia, sin embargo si puede ser utilizado en conjunto con otros medios de prueba. Esta convivencia debe ser corroborada por ejemplo  que ambos tengan la misma dirección en su Documento de Identidad, que se haya inscrito a la pareja en algún seguro de salud como conviviente, algún documento donde hayan fijado donde domicilios el mismo que ocupan.

 

No obstante, si debe tramitarse un proceso de Unión de Hecho posteriormente al fallecimiento del conviviente, por la carga judicial en el Poder Judicial, estos procesos pueden tener una duración de 02 años aproximadamente. Para evitar tener que llegar a estos problemas, es recomendable tramitar vía notarial la Unión de Hecho cuando ambos convivientes se encuentren con vida.

 


 

Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

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