A lo largo de los años, muchas personas han indicado ser víctimas de algún tipo de discriminación. Este hecho puede ser de tipo racial, de origen, de género, entre otros; y, es importante tener presente que todos estos actos están sujetos a distintos tipos de sanciones.

Los efectos de la discriminación en la vida de las personas son negativos y tienen que ver con la pérdida de derechos y la desigualdad para acceder a ellos. Muchos casos de discriminación ocurren en el ámbito laboral, ocasionando un grave problema para nuestra sociedad.

Es necesario conocer que, es deber de todo empleador garantizar que actos como la discriminación laboral, no se cometan en el centro de trabajo. Asimismo, una de sus obligaciones consiste en velar por la seguridad y la salud de los colaboradores, en el desempeño de sus labores.

¿Qué es la discriminación?

Es una práctica que consiste en dar un trato desfavorable o de desprecio inmerecido a una determinada persona o grupo. Este acto atenta contra los derechos fundamentales de los ciudadanos y puede desarrollarse en cualquier escenario.

La remuneración es un derecho fundamental

discriminación laboral

La remuneración es la compensación económica que recibe todo colaborador, por su esfuerzo y trabajo, en los servicios prestados a una determinada institución. Este derecho a recibir una remuneración por el servicio prestado está reconocido en nuestra legislación y, corresponde al Estado velar por él, garantizando su cumplimiento.

Derecho a la igualdad ante la ley

Según el inciso 2 del artículo 2 de la Constitución, toda persona tiene derecho a la igualdad ante la ley y nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole. Asimismo, el artículo 26 exige la igualdad de oportunidades sin discriminación en el ámbito laboral.

Es derecho de todo individuo acceder a las oportunidades de manera justa y libre de prejuicio. Todo trabajador tiene el derecho de elegir libremente su trabajo, desarrollar plenamente su potencial y recibir recompensas económicas en base a sus méritos, rechazando categóricamente los actos de discriminación laboral.

Cifras del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) indican que, la cantidad de mujeres que trabajan se ha elevado en 20 % (aproximadamente) en la última década. Sin embargo, no es seguro que en todos los casos se les garantice una remuneración acorde a su talento y esfuerzo, llegando a existir una brecha salarial de hasta el 30%.

Según El Global Talent Competitiveness Index 2019 que, identifica al fomento del talento emprendedor como aspecto clave para la competitividad de naciones y ciudades, nuestro país se encuentra en el puesto 100 de 125 países, y en el puesto 14 de América Latina, evidenciando que en algunas entidades prima el prejuicio sobre la meritocracia.

El informe mencionado indica que los países de Latinoamérica están en un proceso de erosión progresiva en su base de talento. Nuestro país debe preocuparse en generar nuevos enfoques para estimular el talento empresarial y mejorar la relación entre colaboradores y empleados, para un mejor desarrollo de nuestro país en el futuro.

¿Qué normas protegen con la Discriminación Laboral?

Ley N° 28983

Indica que debe existir igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Esto obliga a los empleadores a garantizar a sus colaboradores, la oportunidad de ascender y ser remuneradas de manera correspondiente.

La Ley Nº 26772

Regula que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no contengan requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato. Entendiendo a estos actos como un trato diferenciado basado en motivos de raza, sexo, religión, opinión, condición económica, entre otros.

Ley N° 27270

Establece la sanción que corresponde a quien discrimina a otra persona o grupo de personas. La Ley Contra Actos de Discriminación señala como sanción, la prestación de servicios a la comunidad de 30 a 60 jornadas o la limitación de días libres de 20 a 60 jornadas.

Ley N° 30709

Prohíbe la discriminación remunerativa entre hombres y mujeres, mediante la determinación de categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo, en concordancia con el principio constitucional de igualdad de oportunidades sin discriminación. asimismo, modifica la Ley de Productividad y Competitividad Laboral que señala que serán considerados como actos de hostilidad equiparables al despido la reducción inmotivada de la categoría o de la remuneración.

Adicionalmente la SUNAFIL ha emitido guías para evitar la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, así como, protocolos referidos a la fiscalización de tales obligaciones.

¿Qué debo hacer en caso de ser víctima de discriminación laboral?

Ante cualquier tipo de discriminación laboral, conviene buscar asesoría legal inmediata. La entidad ante la cual se debe presentar la denuncia es la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT), quien puede imponer una multas en contra de la empresa infractora.

Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTP00E), la norma establece que la autoridad administrativa actuará en la investigación a solicitud de parte; sin embargo, indica que, excepcionalmente, se podrá actuar de oficio, cuando evidencie una notoria infracción.

¿Cuál es el procedimiento para denunciar Discriminación Laboral?

Según el MTPE, los pasos para denunciar la discriminación laboral son los siguientes:

 

  • Se inicia a solicitud de parte, suscrita por quien se sienta afectado.
  • La denuncia deberá ser acompañada de los medios probatorios pertinentes y se presentará ante la entidad correspondiente.
  • El plazo de interponer la denuncia es de treinta (30) días hábiles.
  • Se correrá traslado de la denuncia a la parte denunciada.
  • La parte denunciada podrá contestar dentro de los diez (10) días hábiles desde su recepción.
  • Recibida la contestación o vencido el plazo para su presentación, la Autoridad Administrativa de Trabajo resolverá, declarando fundada o infundada la denuncia.
  • El término para dicho pronunciamiento no podrá exceder de veinte (20) días hábiles.
  • La resolución de primera instancia podrá ser apelada dentro del tercer día hábil de notificada.
  • El recurso de apelación será resuelto por la instancia inmediata superior en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles de su interposición.
  • En los procedimientos iniciados de oficio, la denuncia será sustituida por una notificación de la autoridad.

 

La Indemnización

Sin perjuicio de las multas que se puedan imponer en contra de la empresa infractora, el MTPE indica que, esta se fija aplicando los criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Se considerará el monto de la remuneración anual ofertada o de la pensión anual, así se trate de discriminación en materia de oferta de empleo o de acceso a medios de formación educativa, respectivamente.

discriminación laboral

Para concluir, es importante tener en cuenta que nuestras normas rechazan todo acto que constituya discriminación laboral. El Estado Peruano debe velar por el cumplimiento y respeto de nuestros derechos, fomentar el desarrollo de los trabajadores y el reconocimiento de la remuneración, como derecho constitucional.

 


Realiza todo tipo de procesos legales en Gálvez Monteagudo Abogados

Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.

El principal compromiso de la firma de abogados es brindar asesoría legal integral, eficiente, e inmediata; en sintonía con los retos y desafíos actuales; y sus filas están conformadas por profesionales especializados en todas las ramas del Derecho, cuya misión es simplificar la vida de sus clientes y orientarlos en sus retos.

En Gálvez Monteagudo Abogados, más que asesores legales, somos aliados estratégicos de nuestros clientes. Si deseas recibir asesoría legal especializada y programar una cita comunícate al (511)372-4900, WhatsApp: (+51) 972141324 o correo electrónico [email protected]