GMA en Derecho de Familia: El derecho de alimentos de menores de edad en la cuarentena
La cuarentena que se vive ha provocado que muchos padres y madres hayan visto obstaculizado la oportunidad de salir a laboral. Sin embargo, existen muchos padres y madres de familia que tienen una obligación de manutención de sus hijos, donde producto de no poder salir a laboral han visto mermados sus ingresos mensuales que obtenían como remuneración. El derecho de alimentos de menores de edad en la cuarenta se está viendo vulnerado.
Esto se ve reflejado en las personas que se encuentran como independientes en su rubro laboral y no tienen una remuneración mensual garantizada.
En este sentido, nos generamos una pregunta ¿Qué ocurre con los padres de familia que deben acudir a sus hijos con una manutención establecida judicial o extrajudicialmente y que desarrollaban una activad independiente que ahora no la pueden ejecutar?
Debemos tener muy claro que estamos frente a la manutención de menores de edad y esta debe ser cumplida en forma obligatoria. De no cumplirse por tres meses consecutivos o intercalados de la manutención de los hijos, como lo establece la ley, la parte afectada puede solicitar al juzgado que remita copias certificadas al Ministerio Público para formalizar la denuncia por Omisión a la Asistencia Alimentaria.
Asimismo, la parte afectada puede solicitar que se inscriba al deudor alimentario en el REDAM (Registro de Deudores Alimentarios Morosos), aunado al hecho que si es una persona que viaja constantemente o es de otra nacionalidad, se puede solicitar el Impedimento de Salida del país para evitar que haga incobrable la deuda alimentaria.
Sin embargo, el deudor alimentario tiene una posibilidad de brindar alguna garantía sea dineraria o con algún bien inmueble, que permite asegurar el pago de las cuotas de manutención impagas.
Asimismo, el deudor alimentario tiene la opción, ante una denuncia de Omisión a la Asistencia Alimentaria explicar al Fiscal la diferencia que existe entre la imposibilidad de pagar los alimentos por no contar con recursos económicos al no tener trabajo y el no querer pagarla a pesar de tener posibilidad económicas o ser un padre irresponsable.
Eduardo Gálvez Monteagudo, Socio Fundador que lidera el Estudio Gálvez Monteagudo Abogados cuenta con más de 45 años de sólida experiencia en el ámbito de servicios legales en el Perú y a nivel internacional. Su experiencia legal con visión empresarial lo respalda, contando con la confianza y seguridad de sus clientes.
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